INTRODUCCION
La Escuela Especial de Lenguaje Santa Gabriela se rige por la Ley 20.101,
Decreto Supremo Nº 170/2009 y el Decreto exento Nº 1300 de 2002 “Planes y Programas de estudios para alumnos con Trastornos Específicos del Lenguaje,
de carácter
transitorio”, los cuales estipulan que se atenderán menores cuyas edades oscilan entre los tres años y cinco años once meses. Se entenderá por trastorno Especifico del Lenguaje a una limitación significativa en el desarrollo del lenguaje oral, que se manifiesta por un inicio tardío y un desarrollo lento y/o desviado del lenguaje. Esta dificultad, no se explica por un Déficit Sensorial, auditivo o motor,
por discapacidad intelectual, por
deprivación socio- afectiva entre otros,
así como tampoco las Dislalias, ni Trastornos Fonológicos. No será considerado como TEL
todas aquellas dificultades del lenguaje que
resulten como consecuencias de otro Déficit o Discapacidad. Los menores que cumplan con la edad de
ingreso al 31 de
marzo del año
lectivo, podrá acceder a la evaluación diagnostica del
Trastorno Especifico del Lenguaje, en el establecimiento, considerando la detección, derivación y
evaluación diagnostica integral,
la que consiste en:
Evaluación fonoaudiológica, realizada por el /la profesional
de la escuela, quien
aplicara:
Anamnesis.
Pruebas estandarizadas, solicitadas por el
Ministerio de Educación.
Test de procesos
de simplificación fonológico (Teprosif- R)
Test de comprensión auditiva del
lenguaje (Tecal)
Screening test
Spanish
Grammar (expresivo – receptivo STSG)
En algunos casos y bajo su criterio, los niños o niñas podrán ser derivados a interconsulta con
otros profesionales especialistas, tales como otorrino, psicólogo o neurólogo, según corresponda, para ratificar o descartar un
diagnóstico de trastorno específico del Lenguaje.
OBJETIVO DEL REGLAMENTO.
El curriculum de
la Escuela trabaja en torno
a la
figura de
un niño/a protagonista de sus aprendizajes, que se desarrolla desde sus fortalezas y
no de sus carencias y
que aprende a partir de experiencias con sentido, que le permiten
relacionar los nuevos contenidos con sus experiencias previas, al mismo tiempo que se le
plantean nuevos desafíos. Tomando en cuenta los lineamientos de la Reforma Educacional en la que se considera necesario propiciar avances significativos en las nuevas generaciones y
establecer un efectivo derecho a una Educación de calidad, y pertinencia que se exprese en más y mejores aprendizajes en nuestros niños y niñas, en complementariedad con las familias, donde ella desempeñe el rol de ser
primera educadora, la Escuela
de Lenguaje
Santa
Gabriela se compromete
a brindar una educación oportuna, integral, pertinente y equitativa que contribuya al respeto por el derecho
de la Educación
de los niños y niñas hasta el ingreso
a la enseñanza básica.
DISPOSICIONES TÉCNICO PEDAGÓGICAS.
La evaluación Educacional es un proceso incorporado en el currículum que permite emitir
un juicio sobre
los desempeños de los estudiantes a partir de información obtenida,
procesada, analizada y comparada con criterios previamente establecidos. La finalidad de
ésta es mejorar el aprendizaje haciendo
referencia a cada
uno de sus actores. Dicho proceso
ha de ser objeto de una reflexión permanente, que busque un
continuo mejoramiento de los aprendizajes obtenidos y de los elementos que favorecen o dificultan tales logros, según el
momento y la intención con que se realice la evaluación podrá cumplir una función diagnostica o formativa.
EVALUACIÓN DIAGNOSTICA.
Es la que se
realiza antes de empezar
el
proceso de
enseñanza aprendizaje, con el propósito de verificar el nivel de preparación de los alumnos, es decir, identificar los aprendizajes previos que marcan el punto de partida
para
el
nuevo aprendizaje. Para
ello se elaboró una
pauta con aquellos indicadores más relevantes del informe
trimestral.
Puede ser
individual o grupal: dependiendo
si se quiere tener
una visión global o parcial de cada alumno/a.
La información será tanto para la profesora como para el apoderado, con el objetico de saber el estado inicial de su hijo/a ante los nuevos conocimientos y así participen
activamente
en el proceso.
Registro
y análisis de la información: Una vez aplicado el instrumento a los alumnos
se realizara el análisis de los resultados que mostrara los logros alcanzados, así como también las deficiencias y
errores que el desempeño de ellos presenta en función de los objetivos planteados.
El registro de la información se hará
mediante un informe escrito, aclarando los logros y
debilidades en cada uno de los ámbitos, dándole una copia al apoderado. La Evaluación Inicial se llevara a cabo las dos primeras semanas al inicio de clases, si un menor
ingresa de forma
tardía a ella, o ingresa durante el transcurso del año, de
igual forma se le
aplicara la evaluación diagnostica, según la fecha de esta, el informe se podrá considerar para los efectos
como evaluación trimestral
o de avance.
EVALUACIÓN FORMATIVA.
Se realiza en forma continua durante el proceso de la acción educativa. Permite a la profesora
determinar el nivel de progreso del educando, orientar y
reorientar la acción educativa,
reajustar los objetivos en función de las necesidades de los educando, superar ineficiencias
de los recursos empleados y explicar
la presencia de logros.
El proceso de evaluación se centrara en gran medida en las experiencias educativas cotidianas
realizadas tanto en el aula como fuera de
ella, esto permite recoger la información no solo
sobre el resultado, sino también sobre
el
proceso mismo, conociendo de esta forma mejor al
alumno y adecuar el
trabajo
pedagógico.
La finalidad de la formación educativa es:
Retroalimentar tanto a la docente como al apoderado acerca
del desarrollo del proceso
enseñanza – aprendizaje.
Distinguir lo que el alumno o grupo ha dominado.
Detectar el grado
de avance en el logro de los objetivos.
Tomando en cuenta la edad, intereses y el nivel de desarrollo de cada estudiante, se ha elaborado un informe
pedagógico para el Plan General, con indicadores de
las habilidades esperadas para cada edad, los cuales tienen directa relación con cada uno de los aprendizajes
esperados plateados en los distintos ámbitos y núcleos de las Bases Curriculares de Educación
Parvularia.
Nuestro establecimiento educacional,
ha organizado su año escolar en trimestres, por
lo que al término de cada
uno de
estos, el apoderado recibirá el informe cualitativo de
su pupilo en la reunión programada para ello. Dicho informe deberá
ser
firmado por el apoderado y
entregado a la Docente.
La evaluación de los aprendizajes tanto en el Plan General como en Plan Específico será en base
a listas de cotejo, observación directa – espontanea, relato de experiencias,
preguntas claves, registro de material pedagógico, por lo que en ocasiones puede ser
de carácter individual y/o grupal. Esto permite valorar el estilo de
participación de cada alumno y
reconocer
los diversos avances obtenidos
en
el proceso enseñanza aprendizaje.
Los criterios de
evaluación aplicados
en el
informe de Plan General serán los
siguientes:
(L+) Objetivo
totalmente logrado e incluso más potenciado.
(L)
Objetivo
logrado.
(OD) Objetivo
en desarrollo.
(NL)
Objetivo no logrado.
(NE) Objetivo
no evaluado.
Además se consideran observaciones y sugerencias pedagógicas, que podrán ser realizadas por la
docente y/o fonoaudióloga (o).
Por otro lado, para el Plan Específico se ha elaborado un informe estandarizado, en el que se desglosan indicadores en las diferentes áreas del lenguaje, que el menor deberá adquirir
al finalizar el
tratamiento.
Los Criterios de
evaluación
son:
(L+) Excede las expectativas.
(L)
Objetivo logrado.
(OD) Objetivo
en desarrollo.
(NL)
Objetivo no logrado.
(NT) Objetivo
no trabajado.
Considerándose también observaciones y
sugerencias que serán realizadas por la fonoaudióloga. Dicho informe al igual que el anterior será
entregado trimestralmente y deberá ser
firmado por
el apoderado y entregado
a la docente.
La información recopilada de ambos
informes permitirá tomar
decisiones que lleven a la
docente y fonoaudióloga a readecuar estrategias
de
acción relativa a cualquier etapa
del proceso de enseñanza
– aprendizaje: planificación, conducción, evaluación.
La reevaluación fonoaudiológica se efectuará al
termino
del año escolar, con
la finalidad de analizar
la evolución del tratamiento
y actualizar el diagnostico,
determinando
así las altas y/o continuidad en el
establecimiento.
Las profesoras
especialistas
junto con la fonoaudióloga(o) y la
Dirección serán
los encargados de
dar el alta a los
menores que han
superado su TEL o egresan por
edad y deben seguir en tratamiento en otro
establecimiento.
Al finalizar el
año escolar, el
apoderado, recibirá
por escrito un informe detallado
con los resultados obtenidos.
Este informe reflejara,
así mismo, las decisiones sobre
la promoción y si fuese necesario las
medidas
educativas complementarias que
haya que adoptar para subsanar
las deficiencias de aprendizaje
que
hubiera podido observarse.
Sera responsabilidad del Apoderado la presentación de este
documento al momento de matricular a su pupilo/a, en otro establecimiento educacional.
Situaciones Especiales: En el
caso que algún
alumno
presentara inasistencias reiteradas, entorpeciendo cualquiera de
los procesos de evaluación,
se le entregara al apoderado,
el informe trimestral con los
contenidos que pudieron ser
evaluados.
La dirección en conjunto con los profesionales evaluadores,
determinaran
si dichos
informes
cumplen con la función de dar
a conocer el
nivel
de logro alcanzado por
el menor, en caso contrario,
se le entregara al
apoderado un informe de
avance, en
relación a la evaluación diagnostica, evitando así
que el informe pierda su
objetivo inicial.
Si un menor
es retirado antes
de finalizar el año
escolar, se le entregara una copia de
los informes trimestrales, para que el apoderado lo pueda presentar en otro establecimiento educacional. Si
este no fuese suficiente, se extenderá un
informe escrito, que
detalle la situación
del menor a la fecha de retiro.
CONSIDERACIONES FINALES
El presente proyecto se revisara anualmente,
al término de
cada año con cada uno
de los entes evaluadores.
Los
aspectos que
se verán sujetos
a análisis en
la revisión anual son los siguientes:
La adecuación
de
los objetos programados a las
características
de los alumnos/as.
La distribución equilibrada y apropiada de los contenidos.
La idoneidad de
la metodología y de los
materiales curriculares empleados.
El presente reglamento
será entregado al apoderado
en dos instancias:
Primero: el
día
de matrícula de su
pupilo/a, dejando constancia
de su entrega en
la misma.
Segundo:
Si por algún motivo no le fue entregado el día de matrícula, será entregado en la primera reunión
de apoderado, dejando constancia
de
su recepción.
Reevaluación:
Al término de cada
trimestre se hará un estado de avance de los alumnos en los aspectos
fonoaudiológicos y pedagógicos y al final de cada semestre se entrega el informe de rendimiento. Al término del año se realizará una
reevaluación de cada
alumno para determinar el egreso
o la
continuidad en el establecimiento.
Egreso:
El egreso de los
alumnos (as) de la Escuela de Lenguaje deberá ser determinado
por el fonoaudiólogo e informado oportunamente al
equipo técnico del establecimiento.
Los
criterios
del egreso podrán
ser la superación del trastorno específico del
lenguaje o
cumpliendo la edad tope para su
permanencia en el
establecimiento aunque no haya superado su dificultad.
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